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Sistema Institucional de Archivo |
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El Sistema Institucional de Archivos es el conjunto de registros, procesos, procedimientos, criterios, estructuras, herramientas y funciones que desarrolla como sujeto obligado la Universidad Politécnica del Valle de México y sustenta la actividad archivística, de acuerdo con los procesos de gestión documental. La Universidad Politécnica del Valle de México, sabemos que, para conformar el Sistema Institucional de Archivos, debemos planear resultados de corto, mediano y largo plazo. Sobre el particular, en función de la Ley General de Archivos última reforma 05/04/2022, este Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal pone a su disposición lo siguiente:
Artículo 13. Los sujetos obligados deberán contar con los instrumentos de control y de consulta archivísticos conforme a sus atribuciones y funciones, manteniéndolos actualizados y disponibles; y contarán al menos con los siguientes: I. Cuadro general de clasificación archivista:
II. Catálogo de disposición documental:
III. Inventarios Documentales
Artículo 14. Además de los instrumentos de control y consulta archivísticos, los sujetos obligados deberán contar y poner a disposición del público la Guía de archivo documental y el Índice de expedientes clasificados como reservados a que hace referencia la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones aplicables en el ámbito federal y de las entidades federativas. Guía de Archivo
Artículo 21. El Sistema Institucional de cada sujeto obligado deberá integrarse por: I. Área Coordinadora de Archivos Oficio Núm. B00.-0105-2020 II. Las áreas operativas siguientes: a) De correspondencia y archivo de trámite Oficio Núm. B00.-0491-2021 Listado de responsables de archivo de trámite (RAT´S) 20 de enero 2023
Artículo 23. Los sujetos obligados que cuenten con un sistema institucional de archivos, deberán elaborar un programa anual y publicarlo en su portal electrónico en los primeros treinta días naturales del ejercicio fiscal correspondiente.
Artículo 26. Los sujetos obligados deberán elaborar un informe anual detallando el cumplimiento del programa anual y publicarlo en su portal electrónico, a más tardar el último día del mes de enero del siguiente año de la ejecución de dicho programa. (Capítulo V. De la Planeación en Materia Archivística).
Artículo 28. El área coordinadora de archivos tendrá las siguientes funciones: (Capítulo VI. Del Área Coordinadora de Archivos).
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